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sábado, 11 de septiembre de 2010

CREATIVE COMMONS


CREATIVE COMMONS
(Bienes comunes creativos)
Organización no gubernamental sin fines de lucro (ONG), creada el año 2001 por Lawrence Lessig, profesor de derecho norteamericano.
Su propósito es ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad.
Las licencias desarrolladas por esta organización llevan también ese nombre.

TIPOS DE LICENCIA (Explicación de las licencias)
Poner sus obras bajo una licencia Creative Commons, no significa que no tengan derecho de autor. Este tipo de licencias ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones.
¿Qué condiciones? Esta web ofrece escoger o unir las condiciones de la siguiente lista.

Hay un total de seis licencias Creative Commons para escoger:
Reconocimiento (Attribution): El material creado porusted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceras personas si se muestra en los créditos.
No Comercial (Non commercial): El material original y los trabajos derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos mientras su uso no sea comercial.
Sin Derivar (No Derivate Works): El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original.
Licenciar Igual (Share alike): El material creado por usted puede ser modificado y distribuido pero bajo la misma licencia que el material original.

Con estas cuatro condiciones combinadas se pueden generar las seis licencias que se pueden escoger:
Reconocimiento: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
Reconocimiento – Sin Derivar: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas.
Reconocimiento – Sin Derivar – No comercial: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas.
Reconocimiento – No comercial: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial.
Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por usted puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.

OBTENER LA LICENCIA
Cuando hayas hecho tu elección tendrás la licencia adecuada para tu trabajo expresada de tres formas:
Commons Deed. Es un resumen leible por los humanos del texto legal con los íconos
relevantes.
Legal Code. El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido.
Digital Code. El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.


UTILIZAR LA LICENCIA
Una vez escogida tu licencia, tienes que incluir el botón Creative Commons “Algunos derechos reservados” en tu web, junto a tu trabajo. Si tu licencia fuera violada, podrás defender tus derechos.
(Fuente Creative Commons)

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